
Actividades Vulnerables
Consultoría Especializada en la Comercialización
y Distribución de Vehículos Automotores
La comercialización y distribución de vehículos es considerada una Actividad Vulnerable de acuerdo a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilicita, comunmente conocida como Ley Antilavado
«El debido cumplimiento de las obligaciones de la Ley Antilavado aseguran el patrimonio de una empresa, revisten de mayor seguridad la realización de sus operaciones y evitan la indebida utilización de la misma, para la celebración de operaciones con recursos de procedencia ilícita«
¿Necesitas la implementación
de un Sistema PLD/FT?
01.
Capacitación
El punto de partidas es la capacitación en PLD/FT.
El nivel de cumplimiento de tu empresa está directamente relacionado con el grado de capacitación de su personal, y ésta debe ser impartida desde la alta gerencia hasta sus niveles operativos
02.
Determinación de
la(s) Actividad(es) Vulnerable(s)
Si tu empresa comercializa o distribuye vehículos o realiza alguna otra actividad secundaría, dichas actividades deben analizarse a detalle para determinar si éstas deben ser consideradas como actividades o no son sujetas de las obligaciones que establece la LFPIORPI o Ley Antilavado
03.
Padrón de Personas que realizan Actividades Vulnerables
En caso de que tu empresa, por la comercialización o distribución de vehículos y/o por la realización de otras actividades secundarías, encuadre con los supuestos para ser considerada como Sujeto Obligado que realiza Actividades Vulnerables; tu primer obligación es tramitar tu alta y registro ante el portal SPPLD.
04.
Designación del Encargado de Cumplimiento
Si realizas Actividades Vulnerables como Persona Moral, por disposición de Ley debes designar un Encargado de Cumplimiento y éste a su vez debe aceptar dicho encargo ante el portal SPPLD
05.
Manual PLD/FT con Enfoque Basado en Riesgo (EBR)
Si tienes el conocimiento o con base en un análisis se ha determinado que tu empresa, por las características de sus operaciones, ya sea por la comercialización o distribución de vehículos y/o por el desarrollo de sus actividades secundarías, realiza Actividades Vulnerables estas obligado a elaborar e implementar un Manual de Cumplimiento (Manual PLD) con EBR
06.
Identificación y Verificación de Clientes o Usuarios
Si la comercialización o distribución de vehículos que realiza tu empresa, así como la realización de sus actividades secundarías son consideradas Actividades, debes recordar que estas obligado a identificar verificar la identidad de tus clientes o usuarios..
07.
Presentación de Avisos e Informes
Posterior a la Identificación y verificación de Clientes o Usuarios, una de las partes medulares de la LFPIORPI o Ley Antilavado es la presentación de Avisos e Informes, esto de acuerdo a las características de la actividad preponderante de tu empresa y sus actividades secundarias.
08.
Auditoria
La implementación de un sistema PLD/FT en tu empresa deber ser monitoreado a través de auditorias periódicas, lo anterior para verificar el correcto y eficaz desarrollo de dicho sistema.
Tu compromiso es cumplir, el nuestro… facilitarte el camino.
